Justo en el marco del Mes del Orgullo, se han dado a conocer nuevas cifras en torno a la Ley de Identidad de Género. Como leíste anteriormente, han pasado más de cuatro años desde la entrada en vigencia de la Ley 21.120, que permite el cambio de sexo en el registro civil.
Con esto, cerca de ocho mil chilenos han hecho el cambio legal de su género. A la fecha, y para ser más específicos, 7.911 personas han hecho uso de esta ley. De estas, 4.906 han realizado la transición de femenino a masculino y 3.005 lo han hecho a la inversa, de masculino a femenino según indicó el medio La Tercera.
Justo en el marco del Mes del Orgullo, se han dado a conocer nuevas cifras en torno a la Ley de Identidad de Género. Como leíste anteriormente, han pasado más de cuatro años desde la entrada en vigencia de la Ley 21.120, que permite el cambio de sexo en el registro civil.
Con esto, cerca de ocho mil chilenos han hecho el cambio legal de su género. A la fecha, y para ser más específicos, 7.911 personas han hecho uso de esta ley. De estas, 4.906 han realizado la transición de femenino a masculino y 3.005 lo han hecho a la inversa, de masculino a femenino según indicó el medio La Tercera.
¿Qué es la identidad de género y de qué sirve la Ley 21.120?
La identidad de género es definida como la percepción que cada persona tiene de si misma, que puede coincidir o no con su sexo biológico. Por lo anterior, surge la disyuntiva en la que para algunos no existe una concordancia entre idea personal y lo estipulado legalmente en el Registro Civil.
Es por eso que se inició el uso del «nombre social» por partes de quienes vivían esto, como una respuesta a la necesidad legal en relación al tema. Pero aquello cambió en noviembre del 2019.
¿Qué ocurrió? El 27 de ese mes entró en vigencia la Ley N° 21.120, que “reconoce y da protección al derecho a la identidad de género”, que simples palabras da la oportunidad a que cualquier chileno pueda cambiar su sexo registral si lo desea.
Ojo que esta Ley no es exclusiva para mayores de edad, ya que también permite que menores de edad de entre 14 y 18 años soliciten judicialmente la rectificación de su sexo y nombre en documentos de identidad ante un tribunal de familia. Para ello, los padres, o cuidador que sea el representante legal del menor, debe presentar la solicitud.